












La sentencia fue dictada al cumplirse con todos los recaudos fijados, incluyendo la previa declaración de adoptabilidad de D. y M., quienes a partir de ahora llevarán los apellidos de sus padres.
Sostuvo la jueza que “corresponde otorgar la adopción plena en consideración al abandono sistemático al que fueron sometidos, y que una vez institucionalizados, su familia biológica no los ha visitado nunca”, puntualizó la jueza.